Ani, de LaMundial.Net escribe en su blog sobre un concurso de música electrónica de Caja España con unas bases que contienen una cláusula abusiva:

_17. Sin perjuicio de los derechos de autor que correspondan a su propietario, Caja España podrá difundir y utilizar las obras premidas como estime oportuno, sin que devengue derecho alguno para el autor. Y expresamente a través de la página web de Caja España, así­ como hacer futuras recopilaciones de las obras premiadas para un mejor conocimiento del desarrollo histórico del premio.

Que abreviándolo pra que quede más claro la cosa queda como el tí­tulo del artí­culo:

Sin perjuicio de los derechos de autor … sin que devengue derecho alguno para el autor

Me recuerda aquello de “todo para el pueblo pero sin el pueblo” o como decí­a un colega “que te den por‘culo y un abrazo”._

No es la primera vez que Ani alerta sobre este tipo de cláusulas en concursos. Anteriormente destapó otra maniobra similar por parte de los organizadores del concurso Amplificador de Mahou.

Pero más escandaloso todaví­a resulta cuando estas “iniciativas” viciadas parten de una entidad pública, tal y como denuncia Antonio Santos en la lista de iCommons:

_Hace dos meses llegó a mis manos el Pliego de Condiciones del concurso de sintoní­as de Radio Aragón, dependiente del gobierno autónomo de dicha comunidad, que en su la cláusula 2.4.5. Propiedad Intelectual, reza textualmente:

“Las sintoní­as presentadas por el adjudicatario pasarán a propiedad exclusiva de la Radio Autonómica de Aragón en el momento de la adjudicación, adquiriendo RAA S.A. todos los derechos de explotación exclusiva de las mismas.

El adjudicatario acepta que RAA SA se reserva el derecho a poder realizar en el futuro posibles modificaciones de las sintoní­as …adquiriendo para ello no sólo los derechos de las sintoní­as originales sino también de las derivadas, consecuencia de las actualizaciones o arreglos musicales (artí­culos 10 y 11 del Texto Refundido de la ley de Propiedad Intelectual aprobado por el Real Decreto Legislativo1/1996, de 12 de abril)

Sin perjuicio de reconocer en todo caso la autorí­a de la obra al adjudicatario, éste acepta que RAA decida si en sus emisiones divulga o no el nombre del autor de las sintoní­as”

El presupuesto al que aspiraban los adjudicatarios era de 15.000 euros para el proceso completo de composición, grabación y masterización de la sintoní­a general, la de informativos y la de deportivos, presentadas en desarrollos de distinta duración y con arreglos en diversos estilos para cada una de ellas (unos dos meses de trabajo, aportando todos los medios técnicos y humanos de producción necesarios y ajustándose a todas las exigencias del cliente en cuanto a modificaciones posteriores).

Presupuesto que, calculando a ojo, la emisora recuperará en poco más de un año de emisión de las sintoní­as, gracias a los derechos de autor que le pagará SGAE._

Lo cierto es que es una vergí¼enza. Normalmente ocurren estas cosas porque los abogados de los organizadores se pasan de procelosos guardianes integristas del “texto sagrado de la restricción al acceso cultural” (también conocido como Ley de Propiedad Intelectual), o porque los organizadores se pasan de listos en intentan abusar de los concursantes.

Es una pena que estas actitudes prevalezcan hoy en dí­a (e incluso me atrevo a decir que por desgracia son las habituales). Para compensar aquí­ va el listado que Ani hace en su web de bandas y músicos españoles que regalan su música en la red. OLE.