P2P NO ES DELITO según la fiscalía
En la Circular 1/2006, de la Fiscalía General del Estado, sobre los Delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial tras la reforma de la Ley Orgánica 15/2003 (comentada clarísimamente aquí) se dice textualmente:
el elemento subjetivo del ánimo de lucro exigido por el tipo penal no puede tener una interpretación amplia o extensiva, sino que debe ser interpretado en el sentido estricto de lucro comercial
Más claro agua.
Top Manta (de obras con copyright) = DELITO.
P2P (se mire como se mire) = NO DELITO.