SGAE: -¿cobra canon dos veces o extorsiona?
Me avisa Angel Miguel:
Según establece nuestra triste y deplorable Ley de Propiedad Intelectual (que está a punto de ser empeorada, si cabe), existe la obligación legal de pagar el Canon “compensatorio” (a quienes nos deberían compensar por hacer promoción gratuíta es a los consumidores) por Copia Privada. No voy a entrar a valorar lo ridículo del falaz concepto en el que cae hasta el subdirector general sobre Conductas Restrictivas de la Competencia, José Manuel Rodríguez de Castro, quien, por increíble que parezca, cree que “La copia sustituye a la compra de la obra copiada y causa un perjuicio a los que obtendrían un beneficio por su venta (autores, editores, productores, artistas)”. Ni siquiera voy a entrar en la constante manipulación que SGAE hace, en su propia página web, de lo que dice la ley, pues dicen en su web: “Este límite al derecho exclusivo del autor permite al consumidor la realización de copias de las obras legítimamente adquiridas, siempre y cuando se realicen en el ámbito doméstico y para el propio uso del copista” cuando en realidad la Ley de Propiedad Intelectual no menciona absolutamente NADA de obras legítimamente adquiridas ni de __ámbito doméstico y para el propio uso del copista.
Si la reforma de la LPI es redactada de tal forma, tendremos prueba irrefutable de que es SGAE quien redacta la ley de propiedad intelectual en este país, con el beneplácito de un Ministerio de Cultura plagado de títeres que se venden al mejor postor haciendo caso omiso de su obligación constitucional de velar por el interés general y por el acceso a la cultura.
Dicho impuesto-canon será exigible “en cadena”, primero a importadores. Si no se consiguen identificar, o como sea eluden el pago, el siguiente es el mayorista (ASIMELEC y otros). Si no se consiguen identificar, o como sea eluden el pago, el siguiente es la tienda. Y si no se consiguen identificar, o como sea eluden el pago, el siguiente es el consumidor final.
Pues bien, tal y como demuestra esta carta, la SGAE (y AIE) consiguen los datos de las tiendas tras auditar a los mayoristas, y les mandan cartas que perfectamente se pueden calificar de extorsión.