El 25 de julio me pidió alguien de IBM que escribiese un artículo sobre el uso de la nube en sanidad (las traducciones son mías, la correspondencia se mantuvo en inglés):
Me gustaría ofrecerle la oportunidad de escribir un artículo que promoveríamos en todas nuestras redes sociales, otras comunicaciones externas, así como los patrocinios de medios de comunicación pagados, como blogs.
Me dieron sugerencias sobre la longitud del artículo, tema y palabras clave, pero libertad de escribir sobre lo que quisiera.
En una sola palabra: seguridad.
No hay duda acerca de las ventajas de la nube: fácil colaboración, escalabilidad, ubicuidad, sincronización, ahorro de costes (21 % de promedio, de acuerdo con AFCOM 2011, el 40 % de acuerdo a nuestros propios clientes), despliegue rápido, etc.
Tampoco hay duda sobre la necesidad de avanzar hacia la nube en la asistencia sanitaria: según Enterprise Strategy Group , en 2015 se generarán un promedio de 665TB de datos por hospital .
Estando en Fort Worth, Texas, recibí el siguiente:
Es un SMS de la policía solicitando colaboración para localizar un vehículo.
Tras eso, entré en una tienda de comida, y había una pantalla que mostraba caras y datos de individuos buscados por la policía.
Es sorprendente que este SMS se haya enviado a todo el que estaba en una área en particular. Sin importar privacidad, permisos, explicaciones… nada. Es el “panopticón” de Jeremy Bentham del siglo XVIII, “1984” de George Orwell en 1949, “el-ojo-del-poder” y “Disciplina y Castigo” de Foucault en 1977…
Según la web de la
(las negrillas son mías):
Los prestadores de servicios de intermediación:
No tienen obligación de supervisar los contenidos que alojan, transmiten o clasifican en un directorio de enlaces, pero deben colaborar con las autoridades públicas cuando se les requiera para interrumpir la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar un contenido de la Red.
No son, en principio, responsables por los contenidos ajenos que transmiten, alojan o a los que facilitan acceso, pero pueden incurrir en responsabilidad si toman una participación activa en su elaboración o si, conociendo la ilegalidad de un determinado material, no actúan con rapidez para retirarlo o impedir el acceso al mismo.
Horas después del primer email, recibo este segundo con una amenaza:
Señor Cortell:
Hoy he recibido este email:
Señor Cortell:
En la actualidad me estoy querellando en los Juzgados de Barcelona contra Greg Prévôt, autor de una página difamatoria atentatoria contra mi honor, cuyo enlace aparece en la que usted administra, en la siguiente dirección:
https://cortell.net/blog/es/2006/03/lo-que-con-dinero-publico-se-financia-no-puede-ni-debe-ser-patentado-ni-estar-restringido-a-copyright/
Presupongo su buena fe y entiendo que el comentario con el enlace a la página infamante ha escapado hasta la fecha a su supervisión como editor y moderador.
Comencé mis “celebraciones” del 4 de julio un día antes, visitando la Declaración de Independencia y Carta de los Derechos (Bill of Rights), de puño y letra de Thomas Jefferson, expuestas por primera vez juntas, en la NYPL.
Hoy (4 de julio) he ido a una manifestación para exigir la restauración de la 4ª enmienda:
[mudslide:picasa,0,111219615350942087056,5896836194188971633]
“El derecho de los habitantes de que sus personas, domicilios, papeles y efectos contra registros e incautaciones irrazonables, no será violado…”