No consigo entender cómo es posible que el Código Penal español recoja como delito la diseminación de información sobre cómo acceder a redes de pago sin pagar. -¿Qué hay de la investigación, qué hay de la libertad de expresión? Pasen y lean (artículo 286):
_“1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses o dos años y multa de seis a veinticuatro meses el que, sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales, facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva, a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica, normalmente contra remuneración, o suministre el acceso condicional a los mismos, considerado como servicio independiente, mediante:
Si creíais que la guerra contra la patentabilidad del software había acabado, atentos a esto que envía Alberto Barrionuevo:
[…] conferencia a lo grande que han organizado los pro-patentes de software el próximo día 8, miércoles, en la Escuela de Organización Industrial, auspiciada por el Ministerio de Industria. Pretenden relanzar las patentes de software por medio de la Directiva de Patente Comunitaria. Los que quieran asistir, por favor que me lo diga para coordinarnos.
Leo con horror como la $GA€ alega que se ha mancillado su honor y pide que ruede la cabeza de una web cómica española. Por desgracia no es la primera vez que lo hacen, así que además de todo lo que nos gusta llamarles, podemos añadir el término de reincidentes.
-¿Honor?
El contenido de la discordia es una definición. Tal y como leo en Barrapunto la definición de la discordia es “SGAE: Siempre Ganamos Algunos Euros”.
No me consta que exista dicho galardón, pero de existir, “evitar la piratería” sería La Excusa Más Mala del Mundo. Mala en todas sus acepciones.
Tele5 esconde sus fracasos bajo la excusa de la “piratería”. Ya lo intentó la Industria Disquera, y los datos demostraron que mentían, o que no se enteraban de lo que estaba pasando. No creo que en el caso de Tele5 no se den cuenta que una serie insulsa, que cambian de horario (a la madrugada), y cuyos capítulos son demasiado largos (y repiten de emisión en emisión), no tiene mucho futuro.
Si no pasa nada, las dos horas de entrevista que me hicieron los simpatiquísimos y enrollados chicos del programa Escáner, se verán reflejados en algún minutillo que otro en el documental que se emitirá el domingo 26 de febrero en Canal 9 (Televisión Valenciana), y aunque como siempre se emplee lo más disparatado o erróneo de lo que haya dicho sin posibilidad de explicación (ya que “no habrá tiempo”, por “problemas de espacio”), esperemos que sirva para algo.
Como dide el título de este post, esto es un ejemplo de cómo “los poderosos” te pueden quitar el nombre, pero también una oportunidad para organizarnos y contraatacar. Me gusta el símil de las hormigas de Mute: somos muchos, y si nos organizamos, indestructibles.
Os expongo el caso en palabras de la persona que está sufriendo esta terrible injusticia, y luego que cada cual proponga soluciones (comentarios tipo “qué putada”, “menuda injusticia”, “ladrones”, etc abstenerse, pues todos sentimos la misma ira contenida, pero lo que hace falta son soluciones), como por ejemplo el crear un banner y que corra por la red, un fondo para la defensa del internauta, una lista de abogados que colaboren desinteresadamente en estos casos, etc.
Por una parte la Suciedad de Derechos de Interpretación Inglesa (especie de SGAE) ha demandado a Steve Kowalski el pago de -£114 (166‘63€, o 27.000 Ptas). El Sr. Kowalski tiene una tienda de instrumentos de música llamada Jones Music en Charlotte Street, Macclesfield (Reino Unido), y pago lo demanda la Suciedad mencionada por “interpretación pública de obras protegidas por copyright” -¿cuándo, cómo? No es que el Sr. Kowalski monte conciertos, o tenga hilo musical en la tienda (motivos por los que también “tendría” que pagar), sino porque sus clientes prueben los instrumentos en la tienda.