Eso dice el acuerdo de licencia (punto 10) de iTunes:
By using the Apple Software (…) You also agree that you will not use these
products for any purposes (…) including, without limitation, the development, design, manufacture or production of missiles, or nuclear, chemical or biological weapons.
-¿Os hace gracia? -¿No lo sabíais? Esto es MUY viejo, y con una sencilla explicación basada en la paranoia legal que cualquier empresa de los EEUU siente, y hasta qué extremo llegan para evitar ser demandados, como en McDonalds “este café está tan caliente que puede causar daños físicos” (-¡coño, pues no lo calienten tanto!
Se mire como se mire, con la mirada de Maddox sobre aspectos ridículos en la inclusión de modelos de fotografía de stock en webs y anuncios, hasta ubicaciones “poco afortunadas” de anuncios, la verdad es que la publicidad puede dar mucha risa… o pena (y lo peor es que posiblemente los creatas no querían dar ni una ni otra cosa). Gracias Juanjo (-¿qué tal va el proyecto, por cierto? 😉 )
Como la legislación española dice que no puedo dar info sobre como suprimir sistemas anticopia (como el IBX de Mico$oft), ni acceso a ello, Y animaros a hacerlo, pues… -¡no lo hagáis!
😉
Por cierto, si lo que queréis crackear es una caja, no me seaís lamers y vengáis llorando a los comments. UTFG (o empieza por aquí).
Supongo que Teddy y sus acólitos se estarán tirando de los pelos con la nueva moda de dispositvos de compartición de contenidos. Si ya les costó acostumbrarse al casette, al VHS, y demás tecnologías que amenazaban la integridad del copyright y el orden mundial (aparte de sus ingresos, como se ha demostrado ampliamente), ahora llega SlingMedia, Simplifymedia, etc para que puedas enviar la señal de vídeo de una tele a un ordenador, o de un ipod a un equipo de música (via internet).
Las herramientas de comparación online son la base de una futura meritocracia. Como comento constantemente en mis conferencias, la autoría está garantiada por la realidad (y legislativamente a nivel comercial, que es lo que a los ortodoxos del sistema copyright les interesa en definitiva, por la figura del “fraude” en caso de plagio). PERO la originalidad, la atribución, y la verificación de la autoría son la base para la compensación en base meritocrática.
En este breve ensayo, escrito para un simpsium en el San Diego Law Review por el Profesor Daniel Solove, se examina el argumento de “no tengo nada que esconder”.
Cuando le preguntas a la gente sobre la privacidad, y sobre el abuso constante de gobiernos y grandes corporaciones, muchos responden: “no tengo nada que esconder”. Según ese argumento, no se amenaza la privacidad a no ser que el gobierno descubra actividad ilícita, en cuyo caso esa persona no tiene derecho a exigir privacidad.
Según votación popular (casi medio millón de votos) en uno de los sitos de c|net, aquí tenéis las mejores aplicaciones web del año.