Nueva batalla: lucha contra el canon en las bibliotecas
Supongo que no necesito explicar la barbaridad infame que supone el canon a las bibliotecas.
Tras las resaca de las celebraciones por la “victoria” -con cautela- por lo de las patentes de software (que nadie se haga ilusiones, que la guerra continúa), ahora toca volver a las trincheras.
NO AL CANON A LAS BIBLIOTECAS
Empieza, como siempre informándote. Aquí va un buen enlace de inicio (gracias Alfonso).
Ley de Propiedad Intelectual española:
Libro I (de los Derechos de Autor), Título III (Duración y Límites), Capítulo II (Límites),
Artículo 37. Libre reproducción y préstamo en determinadas instituciones.
Los titulares de los derechos de autor no podrán oponerse a las reproducciones de las obras, cuando aquellas se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos, de titularidad publica o integradas en instituciones de carácter cultural o científico, y la reproducción se realice exclusivamente para fines de investigación.
Asimismo, los museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad publica o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin animo de lucro, o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, no precisaran autorización de los titulares de los derechos ni les satisfarán remuneración por los prestamos que realicen.